Entendiendo el Seguro de Decesos (II)

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Hoy en Seguro barato de decesos te traemos la segunda entrega de varios artículos de nuestra guía: Entendiendo el Seguro de Decesos (II). Con esta guía nos hemos marcado el objetivo de hacer más fáciles y entendibles los conceptos y garantías de este Seguro.

El Seguro de Decesos más fácil

Si te has perdido la primera parte de esta guía haz clic en el siguiente enlace:  Entendiendo el Seguro de Decesos (I)

En él contábamos la intención con la que hemos creado esta Guía que no es otra que la de ayudar a entender a los clientes cómo funciona y qué garantías tiene el Seguro de Decesos. También hicimos un repaso a la garantía principal de este seguro que no es otra que la Garantía de Sepelio y los servicios que se prestan con ella.

Hoy vamos a explicar el Servicio de Traslado del fallecido pero antes vamos a empezar aclarando unos términos incluidos en esta garantía sobre los que el equipo de MV Aseguradores ha recibido más consultas y conviene tener claros antes de empezar.

El problema de los términos y definiciones

Es lógico y normal que para el Servicio de Traslado surjan confusiones con los términos que se utilizan para definirlo y como el objetivo de esta guía es aclarar aquellos términos o garantías que han originado más consultas, vamos a explicarlos más detenidamente para una mayor comprensión por parte de todos.

El primer concepto es el de Traslado que obviamente significa el desplazamiento del féretro de un punto geográfico a otro. Las distinciones surgen cuando los puntos geográficos son diferentes o implican distancias largas tanto nacionales como internacionales así como cuáles son el origen y el destino.

Traslado Nacional

Es cuando el traslado del arca fúnebre con el fallecido se produce desde un punto de la geografía de España a otro punto del propio país. Este traslado nacional implica el viaje de una Provincia a otra pero también incluye, como no podía ser de otra manera, el traslado dentro de la propia Comunidad Autónoma o de la propia provincia.

Traslado Internacional

O también mundial, es cuando el fallecimiento se produce en un país extranjero y el Servicio consiste en traerle de vuelta a España y al Tanatorio o Velatorio dónde se va a celebrar la ceremonia por el óbito o fallecimiento del asegurado.

Estos dos Servicios, tanto el traslado nacional como el internacional son coberturas incluidas en la gran parte de pólizas de Seguros de Decesos, por no decir en todas.

Entendiendo el seguro de decesos: Repatriación

Atendiendo a su definición más lógica, es cuando se traslada una persona a su país de origen. Aquí la confusión surge cuando hablamos de un español fallecido en el extranjero. En el país donde fallece es correcto utilizar la expresión repatriar a la persona fallecida a su país de origen.  Pero en España debemos utilizar esta expresión cuando el fallecido es un asegurado Extranjero que reside en España. Así la garantía, en el seguro de decesos, pasa a llamarse Repatriación para Extranjeros residentes en España.

Debemos aclarar que esta cobertura es opcional y no se incluye por defecto en el Seguro, es más, cuando se presta esta cobertura para la repatriación de Extranjeros residentes en nuestro país, el Seguro de Decesos pasa a denominarse Seguro de Repatriación.

Traslado del asegurado fallecido

Esta es una de las principales garantías que nos podemos encontrar en el Seguro de Decesos Barato.

¿Por qué?

Porque cada vez más, las personas viven y trabajan desplazados del lugar donde nacieron o de origen. Ocurre que también viajamos más por asuntos  laborales o en periodo vacacional y por este motivo, el seguro se hace cargo del traslado de la persona fallecida al lugar o localidad española en la que designó en vida (o sus familiares) que fuese celebrado el funeral.

¿Para quién?

Es importante esta garantía sobre todo para personas que viajan mucho al extranjero porque el coste de una repatriación es altísimo y poco asumible por cualquier economía.  Por este motivo, cuando se viaja hay tener presente que si ocurre una desgracia en el extranjero se va a poder hacer uso de esta garantía que permitirá solicitar la repatriación del fallecido a España. Otro aspecto importante dentro de esta garantía es que en el traslado también se incluye el gasto del regreso de los acompañantes que viajaban con el asegurado.

¿Cómo se realizan los traslados?

El traslado del fallecido se realiza en arcas fúnebres especialmente preparadas para los largos recorridos de vuelta. Por motivos legales y de salud, el arca debe estar fabricada o recubierta con una capa de zinc y debe viajar completamente cerrada y no podrá ser abierta hasta el lugar de destino.

Normalmente y como es lógico, estos traslados son prestados por empresas que se dedican en exclusiva a esta actividad y finaliza cuando entregan el cuerpo a la funeraria encargada de recogerlo en el lugar destino y que se hará cargo del cuerpo del fallecido y prestar el resto de servicios incluidos en el Seguro de Decesos y elegidos por los familiares.

Cuando el fallecimiento no es en el extranjero sino en territorio español pero donde ocurre no es el lugar elegido para celebrar el funeral  también se presta el Servicio de Traslado recogido en las garantías del seguro. Aunque el fallecimiento se produzca en el lugar de residencia habitual, se puede tener el deseo de ser trasladado al lugar de nacimiento que no tiene por qué estar cerca del de residencia.

En cualquier caso debes tener presente que en tu Seguro debe constar esta garantía y que exista la frase “sin límite de kilometraje” y lo puedes ver en las Condiciones Particulares y Generales de tu póliza de Seguro.

Hasta aquí la segunda parte de la Guía: Entendiendo el Seguro de Decesos, esperamos que te esté siendo de provecho y te invitamos a que nos sigas y no te pierdas próximas publicaciones.